Clausura temporal para quienes han recurrido al incumplimiento de sus obligaciones tributarias.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Segregaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) han detectado desde el mes de junio a la fecha, a impositores que no expiden facturas; por esta razón, se procedió a la clausura temporal a aquellos que han reincidido en el incumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Tal es el caso de Xalapa, en donde se encontraron 7 contribuyentes, 1 en Tuxpan y en puerto Veracruz, en el caso de Veracruz corresponde al Gran Café de la Parroquia quien en diversas ocasiones había sido denunciado por su misma clientela debido a que no proporcionaban facturas impresas.
Es necesario señalar que conforme el Código Fiscal de la Federación actual, se establece que las personas físicas o bien morales que no expidan facturas electrónicas en los términos de los artículos veintinueve y veintinueve-A, van a ser acreedores a multas que van desde los trece mil quinientos setenta pesos a los setenta y siete mil quinientos ochenta pesos; en el caso de reincidencia, procede de manera adicional, la clausura precautoria del establecimiento a lo largo de un plazo que va desde los tres a los quince días.
Dichas acciones se aúnan a las distintas labores de coordinación y cooperación administrativa en materia fiscal federal que incorporan permanentemente el SAT y el Gobierno del Estado de Veracruz, para luchar contra incumplimiento a las disposiciones fiscales y los esquemas de evasión fiscal.
Si deseas realizar una denuncia a cualquier establecimiento por no enviar comprobantes fiscales, puedes hacerlo a través del correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx o bien a la línea telefónica INFOSAT: (01800) 463-67-28.
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